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BASES DEL CONCURSO
"Patentes contra la Pandemia"

1. Antecedentes
2.- El organizador
3.- Objeto del concurso
4.- Participantes e inscripción
5.- Mecánica del concurso y criterios de evaluación
6.- Mecánica de la votación
7.- Normas de presentación de la documentación
8.-. Beneficios para los proyectos seleccionados
9.- Derecho de exclusión
10.- Exoneración de responsabilidad
11.- Confidencialidad
12.- Protección de datos de carácter personal
13.- Aceptación de las bases
14.-Legislación aplicable y jurisdicción
1. Antecedentes

IBIDEM ABOGADOS es un despacho de abogados, con más de 25 años de experiencia profesional en el área de la Propiedad Industrial, dedicado a proteger el talento de empresas y emprendedores. 

La grave situación actual de pandemia mundial causada por el virus COVID-19 (coronavirus) requiere que toda la sociedad, incluyendo administraciones públicas, particulares y empresas, actúen en la medida de sus posibilidades para que, juntos, podamos ganar la batalla al virus.

IBIDEM ABOGADOS, despacho firmemente comprometido con las acciones de responsabilidad social corporativa, está decidida a participar en esa batalla y, entre otras medidas y actividades adoptadas al respecto, ha acordado el lanzamiento del presente concurso con la esperanza de proteger y ayudar a crecer proyectos de investigación que puedan servir en esta lucha común contra el virus. 

2.- El organizador

“IBIDEM ABOGADOS ESTRATEGAS, S.L.P.” (en adelante “La Organización”) con C.I.F. B54357488 y domicilio social sito en calle Juan de la Cierva, Nº 43, Planta 2ª, 1-1,- C.P. 03202, Parque Empresarial de Elche (Alicante).

3.- Objeto del concurso

El objeto del concurso se basa en la selección y apoyo por parte del Organizador de determinados proyectos, de entre los presentados por los participantes, consistentes en diseños o invenciones (en adelante “los Proyectos”) que ayuden al sistema sanitario a contener, controlar o combatir la pandemia provocada por el virus COVID-19 (Coronavirus) y a promover la rápida recuperación de los enfermos, con especial énfasis en los colectivos más desfavorecidos. Los proyectos que reúnan los criterios y que sean seleccionados por el Comité recibirán asesoramiento gratuito y financiación para su protección ante la OEPM, según las condiciones establecidas en las presentes Bases.

A título meramente orientativo, podrán contar con soporte legal financiado por IBIDEM ABOGADOS:

  • Diseños e invenciones desarrollados sobre Equipos de Protección Individual (EPI), mascarillas, respiradores y geles protectores. 
  • Proyectos tecnológicos y de “big data” para seguir, contener, evaluar y combatir la pandemia. 
  • Innovaciones destinadas a transformar herramientas y procesos en la industria tradicional, que permitan su adaptación para producir material técnico y sanitario contra el COVID-19. 
  • Cualesquiera otros que se ajusten al propósito y características del Concurso.
4.- Participantes e inscripción

Podrán participar todas aquellas personas físicas y jurídicas, interesadas en la participación de este concurso y que cumplan con las presentes Bases del “Concurso Patentes contra la Pandemia”.

Para presentarse al concurso, los participantes remitirán sus Proyectos por email confidencial a: patentescontralapandemia@ibidem.com. Solo se aceptarán los proyectos recibidos por esta vía. Este correo estará asimismo habilitado para consultas y resolución de dudas que puedan surgir en el proceso.

El plazo general de inscripción se abrirá a partir del día 27 de marzo de 2020, y se cerrará el día 27 de septiembre de 2020, no admitiéndose por lo tanto más candidaturas participantes fuera del indicado plazo. 

La Organización se reserva la facultad de prorrogar la duración del concurso, así como de suspenderlo o ponerle fin de forma anticipada.

Mediante el proceso de inscripción los candidatos asumen los siguientes compromisos:

  • Aceptan y cumplen las bases del concurso.
  • Aceptan que la Organización haga difusión del concurso.
  • La información aportada es fidedigna.
  • Son los inventores o autores de los proyectos que presentan y no han hecho uso de información confidencial o perteneciente a terceros sin los permisos correspondientes.
  • Los inventores o autores se hacen responsables de cualquier reclamación sobre propiedad intelectual, manteniendo indemne a la Organización del concurso.
5.- Mecánica del concurso y criterios de evaluación

Dentro del concurso se valorarán los Proyectos presentados según los criterios citados a continuación:

  • Viabilidad económico-financiera del diseño o la invención;
  • Viabilidad de su patentabilidad o protección legal;
  • Posibilidad de implementación en el corto plazo.
  • Precisión en la descripción del invento o diseño.
6.- Mecánica de la votación

Una vez los Proyectos hayan sido enviados al correo electrónico indicado en el apartado anterior, estos serán evaluados en un plazo de 10 días por un comité de expertos (en adelante “el Comité”) formado por:

  • D. Ramiro Martín García – ADE, área de finanzas- 
  • D. Celso Mazón Serrano – Abogado, área de propiedad industrial- 
  • D. Pepe Crespo Monserrat – Doctor en Publicidad, área de marketing-.

La Organización se reserva el derecho a modificar por razones justificadas los integrantes del Comité durante la realización del concurso.

Dicho comité realizará su evaluación valorando los criterios citados en el punto 5.

Cada miembro del Comité valorará y decidirá de forma independiente si el Proyecto es “apto” o “no apto”, emitiendo un voto en uno u otro sentido, teniendo el mismo valor cada uno los votos de los integrantes del Comité. 

Aquellos Proyectos que obtengan un mínimo de dos votos con calificación de “apto”, accederán a la financiación prestada por la Organización. Las deliberaciones y votación no serán accesibles para terceros.

Se comunicará al solicitante que su proyecto ha sido seleccionado en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la solicitud. En caso contrario, se entenderá como no seleccionado.

No cabrá recurso de tipo alguno contra la resolución (o silencio) emitida por el Comité.

Los proyectos seleccionados podrán rehusar el premio, debiendo comunicar tal circunstancia el participante en cuestión en el plazo de 10 días hábiles desde que le fuese comunicada la selección de su proyecto por parte de la Organización.

7.- Normas de presentación de la documentación

Todos los documentos deberán ser presentados en formato PDF. 

Para que la solicitud pueda ser valorada por el Comité, la siguiente información:

a) Identificación del Inventor o autor del diseño (nombre, apellidos, domicilio, DNI).

d) Una descripción detallada del invento o diseño. Dicha descripción contendrá:

  • Una propuesta de Título de la invención o diseño.
  • Una explicación del Sector de la técnica al que se refiera la invención o diseño.
  • El estado de la técnica conocido por el inventor o autor. En el caso de invenciones, se citarán los inventos (competidores o sustitutivos) más relevantes y sus principales características, argumentando las ventajas que aporta la nueva invención respecto de estos inventos o sistemas conocidos. En el caso de diseños, se citará el acervo de diseños conocido por el autor.
  • En el caso de invenciones: una explicación de la invención de una manera clara y completa, que permita una comprensión del problema técnico planteado, así como la solución al mismo. La explicación debe ser suficiente para que un experto pueda llevarla a la práctica. Debe contestar las siguientes preguntas:
    • Si es un dispositivo o máquina: ¿Cuáles son sus partes esenciales? ¿Cómo funciona?
    • Si es un producto: ¿Qué es lo que lo caracteriza? ¿Qué propiedades tiene?
    • Si es un procedimiento: ¿Cuáles son sus etapas o fases esenciales, qué maquinaria u operaciones se realizan?
  • En el caso de diseños, una explicación de los elementos visuales que le otorgan carácter singular.

e) Dibujos o fotografías del invento o diseños, así como una descripción de estos para su adecuada interpretación.

f) Un modo concreto de realización de la invención o diseño. En el caso de invenciones, se darán detalles tan precisos como sea posible de dimensiones, concentraciones, temperatura, materiales y equipo utilizado, etc. 

En el caso de diseños,  se citarán las características de, en particular, línea, configuración, color, forma, textura o material del producto en sí o de su ornamentación.

g) Fotografías de prototipos si los hubiera.

El Comité descartará aquellos trabajos que no presenten documentación suficiente.

8.-. Beneficios para los proyectos seleccionados

Los Proyectos seleccionados recibirán:

  • Financiación del asesoramiento legal gratuito relativo al análisis de viabilidad y registrabilidad del proyecto.
  • Financiación del asesoramiento y servicio legal relativo a la solicitud de registro del derecho de propiedad industrial que corresponda en cada caso, ante la OEPM.
  • Financiación por parte de la Organización de las tasas oficiales de presentación de la solicitud.
  • Servicios de apoyo en la búsqueda de financiación adicional para el desarrollo y viabilidad proyecto seleccionado.

La Organización elegirá en cada momento las modalidades de protección más apropiadas, según su criterio, para las innovaciones seleccionadas.

La financiación por parte de la Organización incluye únicamente los honorarios y tasas oficiales de presentación de la solicitud de registro ante la OEPM. Por el contrario, no incluye la eventual internacionalización de las solicitudes, que habrá de realizarse en el plazo de seis meses o de un año (según la modalidad registral) desde la solicitud nacional. 

Tampoco incluye otros servicios que pudieran derivarse de la solicitud de registro (tal como contestación a posibles objeciones, modificaciones a raíz de informes de búsqueda oficiales, oposiciones u observaciones de terceros, etc.) o del asesoramiento y representación legal frente a terceros para la explotación de las innovaciones.

  • Devolución de la financiación:

El beneficiario deberá pagar los honorarios de IBIDEM ABOGADOS relativos a la solicitud de registro de la invención o diseño, incluyendo las tasas y suplidos incurridos, con sus primeros beneficios o ingresos derivados de la explotación de la invención por cualquier causa (ya sea directa, indirecta o derivada de la trasmisión de los derechos sobre la misma o de las participaciones de las sociedades que ostenten tales derechos), y en todo caso, en el plazo de 2 años contados desde la concesión, sin intereses.

Los servicios no cubiertos por la financiación serán prestados por IBIDEM ABOGADOS, previo presupuesto y con la autorización del cliente, aplicando bonificaciones del 30% sobre las tarifas ordinarias del despacho. 

Por acuerdo expreso entre las partes, tanto los servicios no cubiertos como los expresamente incluidos entre los Beneficios derivados del presente concurso podrán pagarse mediante la concesión a IBIDEM ABOGADOS de porcentajes de participación a su favor en las sociedades que se constituyan para la explotación o en el precio de cesión o royalties de las innovaciones seleccionadas, en las condiciones que en su caso puedan pactar el participante y la Organización.

9.- Derecho de exclusión

La Organización se reserva el derecho de descartar y excluir del concurso a los participantes:

  • Cuando se inscriban con datos falsos o haya indicios que razonablemente pudieran llevar a pensar que los datos son falsos. A estos efectos, se podrá exigir a los participantes la verificación de sus datos si lo considera oportuno.
  • Cuando, de cualquier forma fraudulenta o artificial, manipulen su participación en el concurso.
  • Cuando la Organización considere que los proyectos contienen elementos que de cualquier forma puedan considerarse contrarios a los derechos fundamentales y las libertades públicas, induzca, incite o promueva actuaciones delictivas, denigratorias, violentas o, en general, contrarias a la ley, a la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas o al orden público; las invenciones que contengan se encuentren protegidas por cualesquiera derechos de Propiedad Intelectual o Industrial pertenecientes a terceros, sin que el participante haya obtenido previamente de sus titulares la autorización necesaria para llevar a cabo el uso que efectúa o pretende efectuar; las innovaciones técnicas o formales que contengan no resulten protegibles por derechos de propiedad industrial o intelectual;  sean contrarios al derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen de las personas; y las que de cualquier manera menoscaben el crédito de la Organización o de terceros.
  • Cuando se incumplan las presentes bases en cualquier forma.
10.- Exoneración de responsabilidad

a Organización queda exonerada, no haciéndose responsable, respecto del incumplimiento del participante de cualquier garantía en materia de derechos de Propiedad Intelectual, Industrial o de Imagen, así como de cualquier responsabilidad que pudiera derivar del incumplimiento o cumplimiento defectuoso por los participantes en el concurso de las presentes Bases. Los participantes, con la aceptación de las presentes bases, se comprometen a mantener indemne a la Organización ante cualesquiera reclamaciones de terceros, judiciales o no, que reivindiquen poseer derechos de cualquier tipo sobre el proyecto o parte de él, asumiendo cualquier indemnización que se pueda derivar de tales reclamaciones.

11.- Confidencialidad

A lo largo de todo el proceso la Organización garantizará la confidencialidad de las candidaturas y proyectos presentados, comprometiéndose a proceder a la destrucción de toda la documentación respecto de los Proyectos no aceptados o que rehúsen el “premio”. Sólo se difundirán las características generales de las mismas y, en su momento, el nombre de los proyectos seleccionados, su logo, su actividad y principales logros, así como las personas que presentaron el Proyecto. 

Las personas ganadoras consienten al aceptar el premio en la utilización por parte de IBIDEM ABOGADOS (organizador del Concurso) de su imagen y nombre completo en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación o cualquier otro medio de la naturaleza que fuese, con fines informativos o promocionales, siempre que estén relacionados con el presente concurso.

12.- Protección de datos de carácter personal

Los datos personales reunidos mediante el proceso de registro y de participación descrito en las presentas bases quedarán registrados en la base de datos propiedad de IBIDEM ABOGADOS e incorporados en el correspondiente fichero de datos personales facilitados. IBIDEM ABOGADOS será titular y responsable del tratamiento. Los datos personales de los participantes serán utilizados por el titular del tratamiento y por las demás sociedades de su grupo respetando los principios de protección de la privacidad y demás normas vigentes aplicables, especialmente por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y por el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Los participantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos facilitados dirigiéndose por escrito a la siguiente dirección: 

C/ Juan de la Cierva, Nº 43, Planta 2ª, 1-1,- C.P. 03202, Parque Empresarial de Elche (Alicante).

O a través de la siguiente dirección de correo electrónico: info@ibidem.com

13.- Aceptación de las bases

La participación en el Concurso supone la aceptación de estas bases por parte de los participantes, sin condicionantes, así como de cualquier resolución que pueda tomar el Comité de Expertos.

La Organización se reserva el derecho de modificar las condiciones del concurso en cualquier momento, e incluso de anularlo o dejarlo sin efecto. En todo caso, se compromete a comunicar las bases modificadas a través de la página www.ibidem.com de forma que todos los participantes tengan acceso a dicha información.

14.-Legislación aplicable y jurisdicción

En lo no dispuesto en las presentes Bases Legales, el presente concurso se someterá a lo dispuesto en la normativa española aplicable al momento en que se realiza.

Para cualquier diferencia sobre la interpretación y el alcance de las presentes Bases, las partes, IBIDEM ABOGADOS y participante, se someten a la competencia exclusiva de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Elche, con renuncia expresa de su propio fuero si resultase otro.

IBIDEM ABOGADOS

Bufete de abogados especializado en Derecho de Empresa, Mercado y Competencia, con más de 25 años de experiencia en Propiedad Industrial.

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